Entradas

Welex, su despacho de abogados en Marbella, tiene el placer de escribir unas lineas sobre el bien conocido Impuesto sobre el patrimonio de no residentes en España.

El impuesto sobre el patrimonio de no residentes en España (también llamado impuesto sobre el capital, la riqueza o la fortuna) es un impuesto que se aplica individualmente, no sobre los ingresos o transacciones anuales, sino sobre los activos personales de cada individuo, que incluyen entre otros: depósitos bancarios, Inmovilizado y planes de pensiones, y el cálculo se basa en el valor total de estos activos del contribuyente. En el caso de no residentes, el cálculo incluirá todos los activos mantenidos en España.

 

 

En 2008, el impuesto sobre el patrimonio se eliminó con la introducción de una reducción del 100% con la Ley 4/2008 publicada el 23 de diciembre. Pero esto no duró mucho, ya que en 2011, debido a la crisis económica, el impuesto se restableció temporalmente y, desde entonces, se ha renovado anualmente, incluido el que corresponde al período 2018, que fue aprobado y publicado por el Boletín Oficial. El 4/7/18 por la Ley 6/2018 de 3 de julio.

 

Como regla general:

 

  • Al momento del cálculo del impuesto, debe tener en cuenta no solo los Activos y Derechos, sino también las deudas y obligaciones relacionadas.
  • Para calcular el valor de la propiedad, el contribuyente debe incluir el valor más alto entre el valor Fiscal, Catastral y Adquisición.
  • Los primeros 700.000 € están exentos de impuestos.

 

El impuesto sobre el patrimonio se devenga anualmente el 31 de diciembre y la declaración de impuestos debe presentarse y pagarse seis meses después de haberlo hecho antes de finales de junio del año siguiente.

 

La obligación de cumplimentar la declaración de impuestos recae en todos los contribuyentes con un resultado positivo y también en los contribuyentes cuyos activos y derechos tienen valores superiores a 2.000.000 €, incluso si sus declaraciones de impuestos son negativas y, por lo tanto, no tienen que pagar.

 

El impuesto sobre el patrimonio es aplicable en todo el territorio nacional español, aunque cada comunidad autónoma puede regular el mínimo exento, la tasa impositiva, las deducciones y las bonificaciones siempre que sean compatibles con el estándar estatal.

 

La ley determina dos tipos de contribuyentes según su residencia fiscal:

 

  1. Persona sujeta a impuestos por obligación personal, aplicable a residentes en España. Son gravados por todos sus activos, estén o no ubicados en España y por todos los derechos, ya sea que puedan ejercerse en España o en el extranjero.
  2. Persona sujeta a impuestos por obligación real: aplicable a todos los no residentes en España. Son gravados solo por los activos ubicados en España y por los Derechos que se pueden ejercer en España.

 

Los no residentes en España que residan en la UE, Islandia y Noruega tuvieron que aplicar las tasas donde se ubicaba la mayor parte de sus activos, pero resultaba ser injustos, ya que algunas comunidades autónomas tenían tasas más altas que otras, por lo que se acordó que estos podría elegir entre la Escala Estatal y la Autónoma.

 

Escala estatal del impuesto a sobre el Patrimonio

 

Base liquidable hasta euros Cuota íntegra  euros Resto base liquidable hasta euros Tipo aplicable Porcentaje
0.00 0.00 167,129.45 0.2
167,129.45 334.26 167,123.43 0.3
334,252.88 835.63 334,246.87 0.5
668,499.75 2,506.86 668,499.76 0.9
1,336,999.51 8,523.36 1,336,999.50 1.3
2,673,999.01 25,904.35 2,673,999.02 1.7
5,347,998.03 71,362.33 5,347,998.03 2.1
10,695,996.06 183,670.29 From there on 2.5

 

No dude en contactar nuestro despacho de abogados y economistas en Marbella.

 

 

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies