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Por Welex, sus eficientes asesores fiscales en La Costa del Sol. Cuando se trata de poseer un inmueble en España pero no ser residente en el mismo, todos los gastos derivados del alquiler de dicho inmueble son deducibles en su declaración de la renta, siempre que el no residente pertenezca al Espacio Económico Europeo (EEE). Los contribuyentes no residentes en España que no pertenezcan al EEE no tendrán ningún gasto deducible.

No todos los gastos deducibles pueden deducirse en su totalidad, ya que algunos gastos se prorratean en función del número de días que se ha alquilado la vivienda. Por ejemplo, el seguro de hogar o las tasas correspondientes, o las tasas de recogida de basuras.

Algunos gastos, como los de reparación y mantenimiento, pueden confundirse a veces con los de mejora. Por ejemplo, instalar un ascensor nuevo se considera una mejora, mientras que sustituir el antiguo por uno nuevo puede clasificarse como reparación y mantenimiento. En este sentido, es importante conocer con antelación cuáles gastos son deducibles y cuáles no.

 

Gastos deducibles para no residentes en el alquiler de sus inmuebles en España

 

Gastos de reparación frente a gastos de mejora en España

¿Está dispuesto a realizar una reforma o una rehabilitación en su vivienda española que alquila? ¿Son deducibles fiscalmente los gastos de reparación a la hora de declarar los ingresos por alquiler en España? Welex, su asesor fiscal multilingüe en España, situado en el corazón de la Costa del Sol, tiene el placer de proporcionarle algunas aclaraciones sobre la deducibilidad de los costes relativos a las propiedades en España que se alquilan.

Es crucial distinguir específicamente los gastos de reparación y mejora, ya que los gastos de reparación y mantenimiento son totalmente deducibles en el año en que se producen, limitados por los ingresos del alquiler recibido, mientras que los gastos de mejora no son deducibles a efectos del impuesto español sobre la renta cuando una propiedad en España es alquilada por un no residente fiscal.

En Welex, podemos confirmar que recientemente, la doctrina administrativa nacional española, e incluso sentencias de tribunales superiores de algunas comunidades autónomas, afirman que siempre que se produzca una sustitución de elementos, se considera reparación y mantenimiento, aunque en realidad se trate de una mejora.

 

Otros gastos deducibles para inmuebles alquilados en España

La ley en España establece que sólo se pueden deducir los gastos directamente relacionados con la actividad, y estos gastos deben tener un vínculo económico directo e inseparable con la actividad desarrollada en España.

Es muy importante contar con asesores que estén al día de la reciente normativa fiscal sobre las rentas de alquiler de no residentes en España.

 

Si tiene alguna duda, contacte ahora con Welex o visítenos en nuestras oficinas; su eficiente asesor fiscal multilingüe en España, para cualquier consulta relativa a sus obligaciones fiscales en España sea o no residente fiscal.

Welex, su despacho de abogados en Marbella, tiene el placer de escribir unas lineas sobre el bien conocido Impuesto sobre el patrimonio de no residentes en España.

El impuesto sobre el patrimonio de no residentes en España (también llamado impuesto sobre el capital, la riqueza o la fortuna) es un impuesto que se aplica individualmente, no sobre los ingresos o transacciones anuales, sino sobre los activos personales de cada individuo, que incluyen entre otros: depósitos bancarios, Inmovilizado y planes de pensiones, y el cálculo se basa en el valor total de estos activos del contribuyente. En el caso de no residentes, el cálculo incluirá todos los activos mantenidos en España.

 

 

En 2008, el impuesto sobre el patrimonio se eliminó con la introducción de una reducción del 100% con la Ley 4/2008 publicada el 23 de diciembre. Pero esto no duró mucho, ya que en 2011, debido a la crisis económica, el impuesto se restableció temporalmente y, desde entonces, se ha renovado anualmente, incluido el que corresponde al período 2018, que fue aprobado y publicado por el Boletín Oficial. El 4/7/18 por la Ley 6/2018 de 3 de julio.

 

Como regla general:

 

  • Al momento del cálculo del impuesto, debe tener en cuenta no solo los Activos y Derechos, sino también las deudas y obligaciones relacionadas.
  • Para calcular el valor de la propiedad, el contribuyente debe incluir el valor más alto entre el valor Fiscal, Catastral y Adquisición.
  • Los primeros 700.000 € están exentos de impuestos.

 

El impuesto sobre el patrimonio se devenga anualmente el 31 de diciembre y la declaración de impuestos debe presentarse y pagarse seis meses después de haberlo hecho antes de finales de junio del año siguiente.

 

La obligación de cumplimentar la declaración de impuestos recae en todos los contribuyentes con un resultado positivo y también en los contribuyentes cuyos activos y derechos tienen valores superiores a 2.000.000 €, incluso si sus declaraciones de impuestos son negativas y, por lo tanto, no tienen que pagar.

 

El impuesto sobre el patrimonio es aplicable en todo el territorio nacional español, aunque cada comunidad autónoma puede regular el mínimo exento, la tasa impositiva, las deducciones y las bonificaciones siempre que sean compatibles con el estándar estatal.

 

La ley determina dos tipos de contribuyentes según su residencia fiscal:

 

  1. Persona sujeta a impuestos por obligación personal, aplicable a residentes en España. Son gravados por todos sus activos, estén o no ubicados en España y por todos los derechos, ya sea que puedan ejercerse en España o en el extranjero.
  2. Persona sujeta a impuestos por obligación real: aplicable a todos los no residentes en España. Son gravados solo por los activos ubicados en España y por los Derechos que se pueden ejercer en España.

 

Los no residentes en España que residan en la UE, Islandia y Noruega tuvieron que aplicar las tasas donde se ubicaba la mayor parte de sus activos, pero resultaba ser injustos, ya que algunas comunidades autónomas tenían tasas más altas que otras, por lo que se acordó que estos podría elegir entre la Escala Estatal y la Autónoma.

 

Escala estatal del impuesto a sobre el Patrimonio

 

Base liquidable hasta euros Cuota íntegra  euros Resto base liquidable hasta euros Tipo aplicable Porcentaje
0.00 0.00 167,129.45 0.2
167,129.45 334.26 167,123.43 0.3
334,252.88 835.63 334,246.87 0.5
668,499.75 2,506.86 668,499.76 0.9
1,336,999.51 8,523.36 1,336,999.50 1.3
2,673,999.01 25,904.35 2,673,999.02 1.7
5,347,998.03 71,362.33 5,347,998.03 2.1
10,695,996.06 183,670.29 From there on 2.5

 

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Disponer de un certificado digital en España hoy día es una cuestión importante.

En Welex queremos ofrecer el mejor servicio de asesoramiento legal en la Costa del Sol, por lo que somos conscientes de que en ocasiones la obtención de un certificado digital puede acarrear dudas.

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¿Tiene dudas sobre la nueva modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos?

En Welex, su despacho de abogados en Marbella, hemos preparado una fácil visión sobre el estado actual de este aspecto jurídico en España.

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¿Tiene interés en saber cómo funciona la fiscalidad relativa a los premios de la lotería de Navidad en España? Welex, su asesor fiscal en Marbella tiene el placer de escribir unas líneas relativo a este asunto.

La conocida “Lotería de Navidad”, uno de los más populares que se celebra en España,  realmente se denomina “El sorteo extraordinario de Navidad”.

Breve historia de la lotería en España

La lotería llegó en España gracias a Carlos III que la importó de una tradición de Italia. Era muy similar a la ahora llamada lotería Primitiva.

El primer sorteo de lotería se llevó a cabo en diciembre del año 1763 en España aunque la institución de la lotería nacional fue creada en 1811.

 

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¿Ha recibido o le han solicitado alguna vez una factura Española con Inversión de Sujeto Pasivo (ISP) y no has sabido qué hacer con ella?

 

¿Ha recibido o le han solicitado alguna vez una factura con Inversión de Sujeto Pasivo (ISP) y no has sabido qué hacer con ella?

En Welex, su despacho de abogados y economistas bajo un mismo techo en Marbella queremos poner en conocimiento esta excepción de la regla general del IVA conocida como Inversión del sujeto Pasivo.

Por norma general, el sujeto pasivo es la persona física o jurídica encargada de repercutir el IVA, en su labor de profesional y/ o empresario,  a sus clientes a través de la emisión de facturas. Dicho sujeto pasivo tiene también la obligación de recaudar el IVA generado para su posterior presentación ante la Agencia Tributaria (AEAT).

Es decir, como empresario, tenemos la obligación de trasmitir el impuesto de valor añadido a nuestros clientes y declararlo en los modelos trimestrales de IVA.

Ejemplo IVA en España

Para explicar bien el ciclo común del IVA en España, pondremos el siguiente ejemplo:

Tenemos un negocio que se dedica al comercio minorista de zapatos. Nuestro negocio consiste en la compra de zapatos al por mayor a la empresa “X” a un precio asequible y su posterior comercio a tercera personas con un margen del 30% de beneficio.

Pues bien, en el siguiente ejemplo el proveedor X es el sujeto pasivo en cuanto nos emita su factura con el IVA correspondiente mientras que nosotros seremos los contribuyentes (consumidor final que soporta el IVA). Posteriormente, cuando vendamos los zapatos a nuestro cliente emitiremos otra factura con su IVA a nuestro cliente y de esta forma nos convertimos en el sujeto pasivo y nuestro cliente en el contribuyente.

No obstante, existen varias excepciones a la regla general. En este blog vamos a hablar justamente del art. 84. Uno 2º de la ley del IVA (Ley 37/1992)  conocido comúnmente bajo el nombre de Inversión de sujeto pasivo.

La inversión de sujeto pasivo supone una alteración de la regla general del IVA que convierte al destinatario de la factura en el responsable de declarar el impuesto a Hacienda.

Esto implica que si nos encontramos bajo la excepción del artículo no seremos los encargados de repercutir el IVA sino que será obligación del contribuyente.

En este caso, el contribuyente deberá reflejar en los impuestos trimestrales el impuesto de dicha factura para información de la agencia tributaria

¿Cuáles son los supuestos que condicionan la Inversión de Sujeto Pasivo en España?

El art. 84. Uno 2º de la ley del IVA (Ley 37/1992)  establece los siguientes supuestos:

  1. Cuando las mismas se efectúen por personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación del Impuesto.
  2. Cuando se trate de entregas de oro sin elaborar o de productos semielaborados de oro, de ley igual o superior a 325 milésimas.
  3. Cuando se trate de entregas de desechos nuevos de la industria, desperdicios y desechos de fundición, residuos y demás materiales de recuperación (entregas de desperdicios o desechos de papel, cartón o vidrio)
  4. Cuando se trate de prestaciones de servicios que tengan por objeto derechos de emisión, reducciones certificadas de emisiones y unidades de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
  5. Cuando se trate de las siguientes entregas de bienes inmuebles como consecuencia de un proceso concursal, entregas exentas a que se refieren los apartados 20.º y 22.º del artículo 20.Uno en las que el sujeto pasivo hubiera renunciado a la exención y entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles.
  6. Cuando se trate de ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización.
  7. Cuando se trate de entregas de los siguientes productos:
    • Plata, platino y paladio, en bruto, en polvo o semilabrado.
    • Teléfonos móviles.
    • Consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.

 

Para cualquier consulta de índole fiscal o jurídica, no duda en contactar uno de los asesores fiscales expertos de nuestra firma Welex, su abogado y economist bajo un mismo techo!

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