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Asesor fiscal en Marbella, Economista Marbella

Inversión de sujeto pasivo

El Impuesto sobre el Valor Añadido-I.V.A. en España; Inversión de sujeto pasivo

 

¿Ha recibido o le han solicitado alguna vez una factura Española con Inversión de Sujeto Pasivo (ISP) y no has sabido qué hacer con ella?

 

¿Ha recibido o le han solicitado alguna vez una factura con Inversión de Sujeto Pasivo (ISP) y no has sabido qué hacer con ella?

En Welex, su despacho de abogados y economistas bajo un mismo techo en Marbella queremos poner en conocimiento esta excepción de la regla general del IVA conocida como Inversión del sujeto Pasivo.

Por norma general, el sujeto pasivo es la persona física o jurídica encargada de repercutir el IVA, en su labor de profesional y/ o empresario,  a sus clientes a través de la emisión de facturas. Dicho sujeto pasivo tiene también la obligación de recaudar el IVA generado para su posterior presentación ante la Agencia Tributaria (AEAT).

Es decir, como empresario, tenemos la obligación de trasmitir el impuesto de valor añadido a nuestros clientes y declararlo en los modelos trimestrales de IVA.

Ejemplo IVA en España

Para explicar bien el ciclo común del IVA en España, pondremos el siguiente ejemplo:

Tenemos un negocio que se dedica al comercio minorista de zapatos. Nuestro negocio consiste en la compra de zapatos al por mayor a la empresa “X” a un precio asequible y su posterior comercio a tercera personas con un margen del 30% de beneficio.

Pues bien, en el siguiente ejemplo el proveedor X es el sujeto pasivo en cuanto nos emita su factura con el IVA correspondiente mientras que nosotros seremos los contribuyentes (consumidor final que soporta el IVA). Posteriormente, cuando vendamos los zapatos a nuestro cliente emitiremos otra factura con su IVA a nuestro cliente y de esta forma nos convertimos en el sujeto pasivo y nuestro cliente en el contribuyente.

No obstante, existen varias excepciones a la regla general. En este blog vamos a hablar justamente del art. 84. Uno 2º de la ley del IVA (Ley 37/1992)  conocido comúnmente bajo el nombre de Inversión de sujeto pasivo.

La inversión de sujeto pasivo supone una alteración de la regla general del IVA que convierte al destinatario de la factura en el responsable de declarar el impuesto a Hacienda.

Esto implica que si nos encontramos bajo la excepción del artículo no seremos los encargados de repercutir el IVA sino que será obligación del contribuyente.

En este caso, el contribuyente deberá reflejar en los impuestos trimestrales el impuesto de dicha factura para información de la agencia tributaria

¿Cuáles son los supuestos que condicionan la Inversión de Sujeto Pasivo en España?

El art. 84. Uno 2º de la ley del IVA (Ley 37/1992)  establece los siguientes supuestos:

  1. Cuando las mismas se efectúen por personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación del Impuesto.
  2. Cuando se trate de entregas de oro sin elaborar o de productos semielaborados de oro, de ley igual o superior a 325 milésimas.
  3. Cuando se trate de entregas de desechos nuevos de la industria, desperdicios y desechos de fundición, residuos y demás materiales de recuperación (entregas de desperdicios o desechos de papel, cartón o vidrio)
  4. Cuando se trate de prestaciones de servicios que tengan por objeto derechos de emisión, reducciones certificadas de emisiones y unidades de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
  5. Cuando se trate de las siguientes entregas de bienes inmuebles como consecuencia de un proceso concursal, entregas exentas a que se refieren los apartados 20.º y 22.º del artículo 20.Uno en las que el sujeto pasivo hubiera renunciado a la exención y entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles.
  6. Cuando se trate de ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización.
  7. Cuando se trate de entregas de los siguientes productos:
    • Plata, platino y paladio, en bruto, en polvo o semilabrado.
    • Teléfonos móviles.
    • Consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.

 

Para cualquier consulta de índole fiscal o jurídica, no duda en contactar uno de los asesores fiscales expertos de nuestra firma Welex, su abogado y economist bajo un mismo techo!

7 abril 2020/por adminproseo
Etiquetas: abogados en Marbella, asesor fiscal en marbella, contable en españa, contable en Marbella, Economista en España
https://www.contabilidad-empresas.com/wp-content/uploads/2020/03/Non-Residents-Wealth-Tax-in-Spain-2.jpg 566 848 adminproseo https://www.contabilidad-empresas.com/wp-content/uploads/2019/12/Welex-Abogados-300x102.png adminproseo2020-04-07 08:00:482020-04-07 11:27:20Inversión de sujeto pasivo



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